DOCUMENTOS DE GESTIÓN
Dirección regional de Educación - San Martín
Fecha | Título | Descripción | Archivo | Enlace |
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08/05/2023
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RDR N° 919-2023-GRSM-DRE
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DECLARAR LA
NULIDAD por mandato judicial de la Resolución Jefatura! N º 2808-2015-
GRSM/DRE/DO-OO-UE-301-Educacion Bajo Mayo, de fecha 26 de agosto del 2015,
que reconoce como créditos devengados a favor de MARIA ELENA SANCHEZ
RODRIGUEZ DE PAREDES, por concepto del 30% por preparación de clases y
evaluación, la misma que no da lugar al reintegro por dicho beneficio conforme se indica
en el cuarto considerando de la presente resolución, ingresa a laborar a partir del
01/04/1969 y cesa el 01/07/1990 no existiendo retroactividad en este caso; mandato que
se encuentra contenido en la Resolución Judicial Nº 27 de fecha 28 de marzo del 2023,
asignpda en el expediente judicial N ° 00052-2012-0-2,201-JM-LA-O 1; emitida ante el
Juzgado ,de Trabajo Transitorio - Sub Sede M.oyobamba.
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08/05/2023
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RDR N° 0979-2023-GRSM-DRE
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DECLARAR INFUNDADO, el recurso de apelación interpuesto por el señor RAMIRO ANTONIO GARCIA LOZANO, Identificado con DNI N° 01119001, contra la Resolución Jefatural N° 1324-2022-GRSM-DRE-DO-OO-UE-301-EDUCACION BAJO MAYO de fecha 03 de octubre de 2022, notificado con fecha 13 de octubre de 2022, que declara Improcedente el pago de reintegro de la bonificación, mensual por preparación de clases y evaluación equivalente al 30%, más los Intereses legales,
RAMIRO ANTONIO GARCIA LOZANO
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08/05/2023
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RDR N° 912-2023-GRSM-DRE
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RECONOCER POR
MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente Nº 00580-2022-0-2208-JR-LA-01, a
favor de LUANITH GARCIA RODRIGUEZ, I} el reajuste de la bonificación personal,
correspondiente al 2% de la remuneraGión básica por Gada año de servicios cumplidos,
más el pago de devengados por el periodo comprendido desde el 01 de abril de 2002
hasta el 25 de noviembre de 2012, 11) pago de .la compnsación vacacional; equivalente
a una remuneración básica P.Or cada periodo ,vacacional, más e.1 pago de devengados
de forma retroactiva por el periodo comprendido desde el 01 de abril de 2002 hasta el 25 de noviembre de 2012, previa deducción de lo incorrectamente pagado, 111) pago de
intereses legales devengados de los conceptos antes mencionados, 'los mismos que se
liquidaran en ejecución de sentencia Sin cost as ni costos; siendo FUNDADA EN PARTE
la demanda mediante sentencia contenida' en la Resolución Nº 03 de fecha 13 de
setiembre de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio-Sede M. Compagñon
Tarapoto; y REQUIRIENDO su ejecución mediante Resolución Nº 07 de fecha 17 de
marzo de 2023, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sede M. Compagñon
Tarapoto.
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08/05/2023
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RDR N° 910-2023-GRSM-DRE
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RECONOCER POR
MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente Nº 00282-2016-0-2208-JM-LA-01, a
favor de MANUEL ARAUJO MARIN, el pago del reintegro por concepto de los
beneficios por haber cumplido 25 y 30 años de servicios al Estado, la suma equivalente
a dos y tres remuneraciones íntegras o totales respectivamente, vigentes al mes de
cumplimiento de dicho tiempo de servicios, conforme a los considerandos expuestos,
con la sola deducción de los montos abonados a la demandante de haberse
materializado pago alguno sobre la base de la remuneración total permanente, más intereses legales que se liquidarán en ejecución de sentencia, sin costas ni costos;
siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia contenida en la
Resolución N º 07 de fecha 31 de octubre de 2017, emitida por el Juzgado de Trabajo
Transitorio de Tarapoto; y REQUIRIENDO su ejecución mediante Resolución Nº 19 de
fecha 27 de diciembre de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sede
M. Compagñon Tarapoto.
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08/05/2023
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RDR N° 908-2023-GRSM-DRE
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DECLARAR LA
NULIDAD por mandato judicial de la Resolución Jefatura! Nº 1514-2022-
GRSM/DRE/DO-OO, de fecha 09 de noviembre del 2022, que reconoce como créditos
devengados por la suma de S/ 7,777.77 a favor de EDWARD ROJAS VELA, por
concepto del 30% por preparación de clases y evaluación, calculado sobre la base de
su remuneración total (integra), en aplicación del Decreto Supremo Nº 051-91-PCM
artículo 8º inciso b) y el Informe Legal N° 524-2012-SERVIR/GPGS; mandato que se
encuentra contenido en la Resolución Judicial Nº 17 de fecha 27 de enero del 2023,
asignada en el expediente judicial Nº 00332-2021-0-2201-JR-LA-01 emitida ante el
Juzgado de Trabajo Transitorio - Sub Sede Moyobamba; y declarándose consentida y
requiriendo su ejecución mediante. Resolución Nº 18 de fecha 03 de marzo del 2023,
emitido por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sub Sede Moyobamba;
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08/05/2023
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RDR N° 907-2023-GRSM-DRE
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DECLARAR LA
NULIDAD por mandato judicial de la Resolución Jefatura! Nº 1344-2018-
GRSM/DRE/DO-OO.UE.300, de fecha 27 de febrero de 2018 y la Resolución Jefatura!
Nº 3843-2019-GRSM/DRE/DO-OO.UE.300, de fecha 30 de setiembre de 2019, que
reconoce ejecutar y aclarar , el recalculo del beneficio por concepto de preparación de
clases, en cumplimiento al mandato judicial, a favor de HUMBERTO SEGUNDO CELIZ
TAFUR, la misma que no da lugar a reintegro por concepto de la bonificación por
preparación de clases y Evaluación equivalente al 30% de su remuneración total o
Integra; mandato que se encuentra contenido en la Resolución Judicial Nº 23 de fecha
20 de marzo del 2023, asignada en el expediente judicial Nº 00576-2015-0-2201-JMLA-
01; emitida ante el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sub Sede Moyobamba.
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08/05/2023
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RDR N° 0938-2023-GRSM-DRE
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RECONOCER, los años de servicios contratados y acumular a su tiempo de servicio en calidad de nombrado, a favor de don WALTER GUZMAN PIÑA identificado con DNI. Nº 00803014, nombrado como Trabajador de Servicio en la I.E. Nº 00172 "José Luis Purizaca Aldana" del distrito y provincia de Moyobamba, Región San Martín, bajo el Régimen del Decreto Legislativo Nº 276, conforme al siguiente detalle:
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08/05/2023
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RDR N° 906-2023-GRSM-DRE
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RECTIFICAR la
Resolución Directora! Regional Nº 0847-2023-GRSM/DRE, de fecha 02 de mayo de
2023, que reconocer por mandato judicial, recaído en el expediente judicial N º 00331-
2022-0-2201-JR-LA-01, acumulación por tiempo de servicios, a favor de WALTER
BARDALEZ LOPEZ
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08/05/2023
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RDR N° 903-2023-GRSM-DRE
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AUTORIZAR, a
partir de la vigencia de la presente Resolución, el funcionamiento del Centro
de Educación Básica Alternativa de Gestión Privada - CEBA "SAUCE",
con las sig u lentes especificaciones:
• Promotora:
• Representante Legal:
• Forma de atención:
• Ciclos:
• Ubicación Geográfica:
• UGEL:
• Directora:
QASIKA Y TRAININ G CENTER E.I.R.L.
RUC: 20609628716
María Jesús Aínsa Esteban
DNI Nº 48812616
Presencial y Semi Presencial.
Inicial, Intermedio y Avanzado.
Jr. R.icardo Palma Cuadra 03 S/N
Distrito: Sauce
Provincia: San Martín
Departamento: de San Martin.
San Martín
Prof. Péggy 'ruanama Cárdenas.
DNI N º 01062753
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08/05/2023
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RDR N° 904-2023-GRSM-DRE
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ACEPTAR la DONA.et
favor del Ministerio de Educación, p r pa e de las Autoridades del Distrito de oralesv,
del predio para el uso exclusivo de I lns tución Educativa Nº 087, ubicado en el-0istrit
de Jepelacio, Provincia de Moyobaí\b y Departamento San Martín, con un área de
2, 862.62 m2 y perímetro 216.11 mi; pa la Institución Educativa Nº 087, perteneciente a
la jurisdicción de la UGEL Moyobamb
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08/05/2023
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RDR N° 0980-2023-GRSM-DRE
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DECLARAR INFUNDADO, el recurso de apelación interpuesto por el ISAAC LOPEZ PASHANASI, identificado con. DNI N° 01119651, contra la Resolución, Jefatural N° 1178-2022-GRSMDRE-DO-OO-UE-301-EDUCACION BAJO MAYO de fecha 19 de setiembre de 2022, notificado con fecha 26 de setiembre de 2022 que declara improcedente la solución sobre reintegro de la remuneración básica, bonificacl6n personal y compensación vacacional con Incremento regulado por el O.U. N° 105-2001.
ISAAC LOPEZ PASHANASI
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08/05/2023
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RDR N° 927-2023-GRSM-DRE
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RECONOCER POR
MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente Nº 013-2018-CA, a favor de JORGE
DÁVILA AMASIFUEN, el pago del reintegro del .beneficio de la bonificación por
preparación de clases y evaluación equivalente al 30% de su remuneración total o
integra, por el periodo comprendido• tiesde el 21 de mayo de 1990 hasta el 25 de
noviembre de '2012, solo en los periodos que el demandante ejerció como docente,
gebiendo tener en consideració(l los cálculos establecidos por los regímenes de la ley del profesorado y la Carrera Magisterial según corresponda en cada caso, conforme a
los fundamentos de la presente sentencia, más intereses legales que se liquidaran en
ejecución de sentencia sin costas y sin costos; asimismo el pago del 5% adicional con
respecto a las funciones específicas de Director por el periodo comprendido desde el 1Q
de agosto de 1994 hasta el 25 de noviembre de 2012, conforme a lo argumentado in
supra, más intereses legales que se liquidaran en ejecución de sentencia sin costas y
sin costos; siendo FUNDADA la demanda mediante sentencia contenida en la
Resolución Nº 05 de fecha 30 de octubre de 2019, emitida por el Juzgado Mixto de
Bellavista; y declarándose CONSENTIDA y REQUIRIENDO su ejecución mediante
Resoluclón Nº 06 de fecha 17 de enero de 2020, emitida por el Juzgado Mixto de la
Provincia de Bellavista.
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08/05/2023
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RDR N° 909-2023-GRSM-DRE
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RECONOCER POR
MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente Nº 00259·2022-0-2201-JR-LA-01, a
favor de JUAN VELA Y ARCE GRANDEZ, el pago, reintegro - reajuste de la
remuneración personal correspondiente al 2% de la remuneración básica por cada año
de servicios cumplidos, por el periodo comprendido desde el 01 de setiembre de 2001
hasta el 25 de noviembre de 2012, más los Intereses legales que se liquidafan en
ejecución de sentencia, asimismo el reconocimiento del incremento equivalente al 10%
de su haber mensual, de conformidad con el artículo 2º del Decreto Legislativo N º
25981, reconociéndose los montos devengados generados por el periodo comprendido desde enero de 1993 hasta el 25 de noviembre de 2012, más intereses legales sin
costas ni costos; siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia
contenida en la Resolución Nº 06 de fecha 07 de setiembre de 2022, emitida por el
Juzgado de Trabajo Trans_itorio de Moyobamba; y REQUIRIENDO su ejecución
mediante Resolución N º 13 de fecha 25 de marzo de 2023, emitida por el Juzgado de
Trabajo Transitorio - Sub Sede Moyobamba.
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08/05/2023
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RDR N° 905-2023-GRSM-DRE
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RECTIFICAR la
Resolución Directora! Regional N º 0767-2023-GRSM/DRE, de fecha 26 de abril de
2023, que reconocer por mandato judicial, recaído en el expediente judicial Nº 00613-
2022-0-2201-JR-LA-01, acumulación por tiempo de servicios, a favor de ROBERTO
TELLO MARIN
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08/05/2023
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RDR N° 0981-2023-GRSM-DRE
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DECLARAR INFUNDADO, el recurso de apelación interpuesto por el señor ANGEL ERNESTO MOREY BARTRA, identificado con DNI Nº 01083185, contra la Resolución Jefatura! Nº 0430-2022-GRSM-DRE-DO-OO-UE-301 fecha 27 de abril de 2022, notificada con fecha 18 de octubre de 2022, que declara improcedente la solicitud del pago de bonificación por refrigerio y movilidad de S/. 5.00 soles diarios, más devengados e intereses.
ANGEL ERNESTO MOREY BARTRA
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08/05/2023
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RDR N° 0990-2023-GRSM-DRE
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DECLARAR IMPROCEDENTEL el recurso de apelación Interpuesto por la señora DEYANIRE BASUALDO IBAÑEZ, identificada con DNI N° 01161342, en representación de su conyugue del quien en vida fue MERLIN ESPINOZA LINARES, con DNI Nº 00899013, contra la Resolución Jefatura! N° 000054-2023-GRSM-DRESM-U.E.305-E.L de fecha 09 de febrero de 2023.
DEYANIRE BASUALDO IBAÑEZ
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08/05/2023
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RDR N° 926-2023-GRSM-DRE
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RECONOCER POR
MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente Nº 00518-2022-0-2201-JR-LA-01, a
favor de ELDY VASQUEZ AMARINGO, el pago de la remuneración personal
correspondiente al 2% de la remuneración básica por cada año de servicios cumplidos,
por el perlado comprendido desde el 0,1 de setiembre de 20 01 hasta el 25 de noviembre
de 2012: con deducción de los importes que hayan sido abonados por dicho concepto;
más intereses legales que se liquidarán en ejecución de sentencia, sin costas ni costos;
siendo FUNDAD EN PARTE la demanda mediante sentencia contenida en la
Resolución N ° 04 de fecha 22 de setiembre de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo
Transitorio de Moyobamba; y REQUIRIENDO su ejecución mediante Resolución Nº 09 de fecha 30 de marzo de 2023, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sub
Sede Moyobamba.
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08/05/2023
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RDR N° 928-2023-GRSM-DRE
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RECONOCER POR
MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente Nº 00620-2022-0-2201-JR-LA-01, a
favor de CARLOS ALBERTO GRADOS SAAVEDRA, el reintegro de la bonificación especial por preparación de clases y evaluación equivalente al 30% de su remuneración
total integra, por el periodo comprendido desde el 01 de marzo de 2001 hasta el 31 de
diciembre de 2001, el 21 de mayo de 2002 hasta el 31 de diciembre de 2002, el Q!J!e
abril de 2004 hasta el 31 de diciembre de 2004, el 01 de abril de 2005 hasta el 31 de
diciembre de 2005, el 01 de abril de 2006 hasta el 31 de diciembre de 2006. el 12 de
marzo de 2007 hasta el 31 de diciembre de 2007, el 01 de abril de 2008 hasta el 31 de
diciembre de 2008, la que se calculara sobre la base de su remuneración total integra,
conforme a lo esgrimido en los fundamentos de la presente sentencia, con deducción
de los importes que hayan sido abonados por dicho concepto por remuneración total
permanente; siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia de vista
contenida en la Resolución Nº 08 de fecha 25 de enero de 2023, emitida por la Sala
Civil Permanente de Moyobamba; y REQUIRIENDO su ejecución mediante Resolución
Nº 09 de fecha 07 de marzo de 2023, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio -
Sub Sede Moyobamba.
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08/05/2023
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RDR N° 0977-2023-GRSM-DRE
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DECLARAR INFUNDADO, el recurso de apelación interpuesto por la señora MARIBEL CASTILLA GARCIA, identificada con DNI Nº 01114955, en representación de su señora madre doña PERLITA ADITH GARCÍA GARCÍA y la señora ROSA DEL CARMEN CORCUERA RUIZ, identificada con DNI N° 06303071, en representación de su señora madre profesora fallecida doña YSTER ATILIA RUIZ LINARES DE CORCUERA; contra la Resolución Jefatural Nº 1330-2022-GRSM-DRE-DO-OO-UE-301-EDUCACIÓN BAJO MAYO de fecha 04 de octubre de 2022, notificada con fecha 12 de octubre de 2022.
MARIBEL CASTILLA GARCIA
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05/05/2023
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RDR N° 900-2023-GRSM-DRE
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AUTORIZAR, el encargo a
nombre del Profesor Paul Calderón Ventura, identificado con DNI 19248930, trabajador del
Programa Presupuesta! 0051 de Prevención y Tratamiento del Consumo de Drogas de la
Dirección de Gestión Pedagógica; para coberturar los gastos que se ocasionen en el
desarrollo del Plan de Capacitación a los Facilitadores Familias Fuertes "Amor y Limites"; el
cual se desarrollará del 08 al 12 de mayo de 2023 en la ciudad de Moyobamba, de acuerdo a
la siguiente cadena funcional:
Importe : S/ 1,096.00
Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios
Meta : 001
Clasificador : 2.3.2.1.21.: Pasajes y Gastos de Transporte
Certificación Nº : 555
Plazo de Rendición : Se deberá rendir el encargo en un plazo máximo de 72 horas,
después de culminado el plazo de ejecución del encargo.
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