DOCUMENTOS DE GESTIÓN
Dirección regional de Educación - San Martín
Fecha | Título | Descripción | Archivo | Enlace |
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02/12/2022
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RDR Nº 2522-2022-GRSM-DRE
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DECLARAR INFUNDADO, el recurso de apelación interpuesto, contra la Resolución Jefatural N° 0855-2022-GRSM-DRE-DO-OO-UE-301-EDUCAClON BAJO MAYO de fecha 25 de julio de 2022, notificada con fecha 12 de agosto de 2022, que declara improcedente la solicitud sobre reintegro de la remuneración básica, bonificación personal y compensación vacacional, por los fundamentos expuestos en los considerados de la presente resolución; Dar por agotado la vía administrativa.
LEVEAU RAMIREZ DE AREVALO NELLY LUCINDA
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02/12/2022
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RDR Nº -2022-GRSM-DRE
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DECLARAR INFUNDADO, el recurso de apelación interpuesto, contra la Resolución Jefatural N° 0855-2022-GRSM-DRE-DO-OO-UE-301-EDUCAClON BAJO MAYO de fecha 25 de julio de 2022, notificada con fecha 12 de agosto de 2022, que declara improcedente la solicitud sobre reintegro de la remuneración básica, bonificación personal y compensación vacacional, por los fundamentos expuestos en los considerados de la presente resolución; Dar por agotado la vía administrativa.
LEVEAU RAMIREZ DE AREVALO NELLY LUCINDA
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02/12/2022
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RDR Nº 2512-2022-GRSM-DRE
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DECLARAR INFUNDADO, el recurso de apelación interpuesto, contra la Resolución Jefatural NO 0985-2022-GRSM-DRE-DO-OO-UE-301-EDUCAClON BAJO MAYO de fecha 18 de agosto de 2022, notificada con fecha 01 de setiembre de 2022, que declara improcedente la solicitud de pago de la bonificación mensual por preparación de clases y evaluación 30% más bonificación adicional por desempeño de cargo y preparación de documentos de gestión equivalente al 5% más los intereses, por los fundamentos expuestos en los considerandos de la presente resolución; Dar por agotado la vía administrativa.
ANGULO PANDURO MARIA AMELIA
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02/12/2022
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RDR Nº 2521-2022-GRSM-DRE
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DECLARAR INFUNDADO, el recurso de apelación interpuesto, contra la Resolución Jefatural N° 0668-2022-GRSM-DRE-DO-OO-UE-301-EDUCAClON BAJO MAYO de fecha 16 de junio de 2022, notificada con fecha 18 de julio de 2022, que declara improcedente la solicitud sobre reintegro de la remuneración básica, bonificación personal y compensación vacacional, por los fundamentos expuestos en los considerados de la presente resolución; Dar por agotado la vía administrativa.
GOMEZ HERNANDEZ CARMEN CHARITO
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02/12/2022
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RDR Nº 2526-2022-GRSM-DRE
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DECLARAR INFUNDADO, el recurso de apelación interpuesto, contra la Resolución Jefatural N° 0907-2022-GRSM-DRE-DO-OO-UE-301-EDUCAClON BAJO MAYO de fecha 11 agosto de 2022, notificada con fecha 19 de agosto de 2022, que declara improcedente la solicitud de pago de la bonificación por refrigerio y movilidad de S/5.00 nuevos soles diarios, más devengados e interés, por los fundamentos expuestos en los considerandos de la presente resolución; Dar por agotado la vía administrativa.
GARCIA FLORES ENMA PURISIMA
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02/12/2022
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RDR Nº 2518-2022-GRSM-DRE
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DECLARAR INFUNDADO, el recurso de apelación interpuesto, contra Resolución Jefatural N° 0410-2022GRSM-DRE-DO-OO-UE-301-EDUCAClON BAJO MAYO de fecha 27 de abril de 2022, notificada con fecha 23 de mayo de 2022, que declara improcedente la solicitud de pago del reintegro por concepto de gratificación por haber cumplido 20 y 25 años de servicios, más intereses, por los fundamentos expuestos en los considerandos de la presente resolución; Dar por agotado la vía administrativa.
CASIQUE DE MAJIPO LILIA
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02/12/2022
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RDR Nº 2511-2022-GRSM-DRE
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DECLARAR INFUNDADO, el recurso de apelación interpuesto, contra el Oficio Nº 0260-2021-GRSM-DRE-SM-DO-OO-UE-300/ARP de fecha 25 de noviembre de 2021, notificado con fecha 28 de noviembre de 2021, que declara improcedente el reintegro de la RIM, por los motivos expuestos en los considerandos de la presente resolución.; DAR POR AGOTADA LA VIA ADMINISTRATIVA..
RODRIGUEZ TORRES JOSE AUGUSTO
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02/12/2022
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RDR Nº 2519-2022-GRSM-DRE
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DECLARAR INFUNDADO, el recurso de apelación interpuesto, contra la Resolución Jefatural N° 0749-2022-GRSM-DRE-DO-OO-UE-301-EDUCAClON BAJO MAYO de fecha 04 de julio de 2022, notificado con fecha 12 de julio de 2022, que declara improcedente el pago del reintegro de subsidio por luto y sepelio, por el fallecimiento de su señora Madre quien en vida fue doña María Clara Bardalez de Casique, por los fundamentos expuestos en los considerandos de la presente resolución; Dar por agotado la vía administrativa.
CASIQUE DE MAJIPO LILIA
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02/12/2022
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RDR Nº 2515-2022-GRSM-DRE
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DECLARAR INFUNDADO, el recurso de apelación interpuesto, contra la Resolución Jefatural N° 0855-2022-GRSM-DRE-DO-OO-UE-301-EDUCAClON BAJO MAYO de fecha 25 de julio de 2022, notificado con fecha 12 de agosto de 2022, que declara improcedente la solicitud sobre reintegro de la remuneración básica, bonificación personal y compensación vacacional, por los fundamentos expuestos en los considerados de la presente resolución; Dar por agotado la vía administrativa.
AREVALO GARCIA CARLOS SEGUNDO
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02/12/2022
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RDR Nº 2520-2022-GRSM-DRE
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DECLARAR INFUNDADO, el recurso de apelación interpuesto, en representación de su cónyuge quien en vida fue señora Betty Tenazoa Bardalez acaecido el 12 de abril de 2021, contra la Resolución Jefatural N° 0909-2022-GRSM-DRE-DO-OO-UE-301-EDUCAClON BAJO MAYO de fecha 11 de agosto de 2022, notificado con fecha 16 de agosto de 2022, que declara improcedente la solicitud sobre reintegro de la remuneración básica, bonificación personal y compensación vacacional, por los fundamentos expuestos en los considerados de la presente resolución; Dar por agotado la vía administrativa.
GARCIA SAAVEDRA KROWED
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02/12/2022
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RDR Nº 2527-2022-GRSM-DRE
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DECLARAR INFUNDADO, el recurso de apelación interpuesto, interpone recurso de apelación contra la Resolución Jefatural N° 0907-2022-GRSM-DRE-DO-OO-UE-301-EDUCAClON BAJO MAYO de fecha 11 agosto de 2022, notificado con fecha 25 de agosto de 2022, que declara improcedente la solicitud de pago de bonificación por refrigerio y movilidad de S/5.00 nuevos soles diarios, más devengados e intereses, por los fundamentos expuestos en los considerandos de la presente resolución; Dar por agotado la vía administrativa.
PEZO SHUÑA JAMES
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02/12/2022
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RDR Nº 2546-2022-GRSM-DRE
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DECLARAR INFUNDADO, el recurso de apelación interpuesto, contra la Resolución Jefatural N° 0855-2022-GRSM-DRE-DO-OO-UE-301-EDUCAClON BAJO MAYO de fecha 25 de julio de 2022, notificada con fecha 11 de agosto de 2022, que declara improcedente la solicitud sobre reintegro de la remuneración básica, bonificación personal y compensación vacacional, por los fundamentos expuestos en los considerados de la presente resolución; Dar por agotado la vía administrativa.
YALTA RAMIREZ CARMEN ROSA
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01/12/2022
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RDR Nº 2502-2022-GRSM-DRE
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RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente Nº 631-2013-0-2205-JM-LA-01, el pago de reintegro o monto diferencial de la Bonificación Especial por Preparación de Clases y Evaluación equivalente al 30% calculado en base a la remuneración total o íntegra, por el periodo comprendido desde el a) 10 de abril de 1989 y b) 21 de mayo de 1990 al 25 de noviembre de 2012, con la deducción de los importes que han sido abonados por dicho concepto, más intereses legales que se liquidarán en ejecución de sentencia, sin costas ni costos, siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia y confirmada mediante sentencia de vista contenida en la Resolución Nº 10 de fecha 25 de octubre de 2017, emitida ante la Sala Mixta Descentralizada - Sede Juanjuí y DECLARÁNDOSE CONSENTIDA requiriendo su ejecución mediante Resolución Nº 11 de fecha 17 de enero de 2018, emitida por el Juzgado Mixto y Penal Liquidador Mariscal Cáceres - Sede Juanjuí; AUTORIZAR a la Unidad Ejecutora 302 - Educación Huallaga Central, emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente conforme a lo establecido en la Sentencia de vista contenida en la Resolución Nº 10.
SALDAÑA GIRLADO MILADI
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01/12/2022
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RDR Nº 2503-2022-GRSM-DRE
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RECTIFICAR el Artículo Primero de la Resolución Directoral Regional Nº 2166-2022-GRSM/DRE de fecha 04 de noviembre de 2022, que reconoce por mandato judicial, recaído en el expediente Nº 00187-2019-02205-JR-CI-01, el reintegro-reajuste de la remuneración personal correspondiente al 2% de la remuneración básica por cada año de servicios cumplidos, de la siguiente manera: RECONOCER POR MATADO JUDICIAL, recaído en el expediente judicial Nº 00187-2019-02205-JR-CI-01, el reintegro reajuste de la remuneración personal correspondiente al 2% de la remuneración básica por cada año de servicios cumplidos, por el periodo comprendido desde el mes de setiembre de 2001 hasta el 25 de noviembre de 2012, (…).
SALVADOR ESTEBAN ELEUTERIA
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01/12/2022
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RDR Nº 2504-2022-GRSM-DRE
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RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente Nº 00057-2029-0-2204-JR-LA-01, disponiendo el pago del reintegro de la bonificación especial mensual por preparación de clases y evaluación, equivalente al 30% de la remuneración total, por el periodo comprendido desde el 21 de mayo de 1990 al 12 de enero de 2007 con la deducción de lo ya incorrectamente pagado, más intereses legales que se liquidaran en ejecución de sentencia, sin costas ni costos; siendo FUNDADA la demanda mediante sentencia contenida la Resolución Nº 05 de fecha 27 de diciembre de 2021, emitida por el Juzgado Civil de la Provincia de Lamas; y REQUIRIENDOSE su ejecución mediante Resolución Nº 09 de fecha 18 de julio de 2022, emitida por el Juzgado Civil de la Provincia de Lamas; AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 305 - Educación Lamas emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente conforme a lo establecido en la sentencia contenida en la Resolución Nº 05.
CACHIQUE PAREDES REIMERA
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01/12/2022
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RDR Nº 2506-2022-GRSM-DRE
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RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente Nº 00138-2015-0-2204-JR-LA-01, el pago del reintegro de la bonificación especial por preparación de clases y evaluación equivalente al 30% respectivamente de su remuneración total o íntegra, por el periodo comprendido desde el 22 de abril de 1996 hasta el 25 de noviembre de 2012 con deducción de los montos abonados de haberse efectuado pago alguno por el mismo concepto, teniendo en consideración el periodo efectivamente laborado y los cálculos establecidos por los regímenes de la Ley del profesorado y la Ley de la carrera magisterial más intereses legales que se liquidarán en ejecución de sentencia, sin costas ni costos; siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante Casación Nº 11774-2018, emitida por la Primera Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República y REQUIRIENDOSE su ejecución mediante Resolución Nº 24 de fecha 23 de junio de 2022, emitida por el Juzgado Civil de la Provincia de Lamas.
SALAS SHUPINGAHUA GREGORIO
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01/12/2022
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RDR Nº 2500-2022-GRSM-DRE
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RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente Nº 0069-2015-0-2205-JM-LA-01, el pago de la bonificación especial mensual por preparación de clases y evaluación, equivalente al 30% sobre la base de la remuneración total o íntegra; por el periodo comprendido desde 01 de agosto de 1990 hasta el año 2012, con deducción de los importes que hayan sido abonados por dicho concepto, más intereses legales que se liquidaran en ejecución de sentencia, sin costas ni costos; siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia contenida Resolución Nº 06 de fecha 19 de abril de 2017, emitida por el Juzgado Mixto y Penal Liquidador Provincia de Mariscal Cáceres - Juanjuí; y REQUIRIENDOSE su ejecución mediante Resolución Nº 11 de fecha 17 de enero de 2018, emitida por el Juzgado Mixto - Sub Sede Juanjuí; AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 302 - Educación Huallaga Central emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente conforme a lo establecido en la sentencia contenida en la Resolución Nº 06.
CARDENAS TIRADO MONICA VASQUEZ PANDURO FLORIZA
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01/12/2022
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RDR Nº 2501-2022-GRSM-DRE
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RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente Nº 508-2013-ACA-Laboral, el reconocimiento y reintegro del monto diferencial de la bonificación especial por preparación de clases y evaluación, equivalente al 30% de su remuneración total o íntegra, por el periodo comprendido desde el 1 de mayo de 1990 hasta el 25 de noviembre de 2012 con deducción de los montos que se le ha venido cancelando, más intereses legales que se liquidarán en ejecución de sentencia, sin costas ni costos; siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia de vista contenida en la Resolución Nº 10 de fecha 02 de noviembre de 2017, emitida por la Sala Mixta Descentralizada de Mariscal Cáceres y REQUIRIÉNDOSE su ejecución mediante Resolución Nº 11 de fecha 13 de marzo de 2018, emitida por el Juzgado Mixto Sub Sede Juanjuí; AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 302 - Educación Huallaga Central emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente conforme a lo establecido en la sentencia de vista contenida en la Resolución Nº 10.
MUNDACA MUNDACA ALVARO
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01/12/2022
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RDR Nº 2497-2022-GRSM-DRE
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RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente Nº 00250-2013-0-2208-JM-LA-01, el pago del REINTEGRO DE SEIS REMUNERACIONES TOTALES O INTEGRAS POR LUTO Y GASTOS DE SEPELIO, por el fallecimiento de su padre Marcelino Dávila Trigozo, de su madre Guillermina Trigozo Vásquez y de su hijo Jordie Ushiñahua Dávila; con deducción de los importes que hayan sido abonados por dichos conceptos sobre la base de la remuneración total permanente, más intereses legales que se liquidarán en ejecución de sentencia, sin costas ni costos; siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia y emitida por la Resolución Nº 06 de fecha 30 de septiembre de 2021, emitida por el Juzgado Civil Transitorio de Tarapoto; y REQUIRIÉNDOSE su ejecución mediante Resolución Nº 10 de fecha 26 de enero de 2022, emitida por el Juzgado Civil Transitorio de Tarapoto. AUTORIZAR a la Unidad Ejecutora 301 - Educación Bajo Mayo; emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente conforme a lo establecido en la sentencia mediante Resolución Nº 06.
DAVILA TRIGOSO JASMILA
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01/12/2022
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RDR Nº 2498-2022-GRSM-DRE
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RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente Nº 00232-2022-0-2208-JR-LA-01, el pago del reintegro de la remuneración personal, equivalente al 2% de la remuneración básica por cada año de servicio cumplidos, de conformidad a lo dispuesto en el tercer párrafo del artículo 52º de la Ley Nº 24029 - Ley del profesorado, modificada por la Ley Nº 25212, la misma que no ha sido cancelada conforme a Ley, por el periodo comprendido desde el 01 de setiembre de 2001 hasta el 25 de noviembre de 2012, previa deducción de lo ya incorrectamente pagado; precisando que dicho reintegro será por cada año de servicio cumplido. Asimismo el pago de reintegro del beneficio adicional por vacaciones, equivalente a una remuneración básica por cada periodo vacacional, de conformidad del artículo 218º del Decreto Supremo Nº 019-90-ED, la misma que no ha sido pagada conforme a Ley, por el periodo comprendido desde el 01 de setiembre de 2001 hasta el 25 de noviembre de 2012 previa deducción de lo ya incorrectamente pagado, más el pago de intereses legales e devengados los que se liquidaran en ejecución de sentencia sin costas ni costos; siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución Nº 03 de fecha 30 de junio de 2022 emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sede M. Compagñon Tarapoto; y REQUIRIÉNDOSE su ejecución mediante Resolución Nº 12 de fecha 06 de octubre de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sede M. Compagñon Tarapoto; AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 301 - Educación Bajo Mayo, emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente conforme a lo establecido en la Sentencia contenida en la Resolución Nº 03.
HIDALGO VASQUEZ FLORIA
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