DOCUMENTOS DE GESTIÓN
Dirección regional de Educación - San Martín
Fecha | Título | Descripción | Archivo | Enlace |
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28/12/2022
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RDR Nº 2780-2022-GRSM-DRE
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APROBAR, el PLAN OPERATIVO INSTITUCIONAL 2023 CONSISTENCIADO CON EL PIA, cuyo anexo forma parte de la presente resolución.
JEFES DE AREAS Y/O DIRECTORES DE LA DEPENDENCIAS ORGANICAS DE LA DRE-SM, OFICINA DE OPERACIONES U.E. 300 Y UGEL MOYOBAMBA.
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28/12/2022
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RDR Nº 2773-2022-GRSM-DRE
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RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente judicial Nº 00076-2022-0-2208-JR-LA-01, l) el pago del reintegro de la Bonificación Especial mensual por Preparación de Clases y Evaluación equivalente al 30% de la remuneración total o integra, por el periodo comprendido desde mayo de 1990 hasta el 25 de noviembre de 2012, con deducción de lo ya incorrectamente pagado, ll) pago de intereses legales de los conceptos antes mencionados de conformidad con los artículos 1242 y 1246 del Código Civil, los mismos que se liquidaran en ejecución de sentencia, sin costas ni costos, siendo FUNDADA la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución Nº 6 de fecha 12 de agosto de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sede M. Compagñon Tarapoto; y REQUIRIENDO su ejecución mediante Resolución Nº 10 de fecha 25 de noviembre de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sede M. Compagñon Tarapoto; AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 301 - Bajo Mayo emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente.
GUEVARA AREVALO LENY
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28/12/2022
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RDR Nº 2778-2022-GRSM-DRE
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RECONOCER Por MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente judicial N°00045-2017-O-2204-JR-LA-01, el reintegro de la bonificación especial por preparación de clases y evaluación, equivalente al 30% de su remuneración total o íntegra, por el periodo comprendido desde el 10 de mayo de 1993 hasta el 25 de noviembre de 2012, con deducción de los montos abonados de haberse efectuado pago alguno por el mismo concepto, teniendo en consideración el periodo efectivamente laborado y los cálculos establecidos por los regímenes de la ley del profesorado y la ley de la carrera magisterial, según corresponda en cada caso, más intereses legales que se liquidarán en ejecución de sentencia, sin costas ni costos, siendo FUNDADA la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución N° 07 de fecha 23 de abril de 2018, emitida por el Juzgado Civil de la Provincia de Lamas; y REQUIRIÉNDOSE su ejecución mediante Resolución N° 16 de fecha 28 de noviembre de 2022, emitida por el Juzgado Civil de la Provincia de Lamas; AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 305 – Lamas emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente.
DEL CASTILLO SABOYA GLADYS
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28/12/2022
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RDR Nº 2774-2022-GRSM-DRE
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RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente judicial N° 00027-2017-0-2208-JR-CA-01; el pago del reintegro de la Bonificación Especial por Preparación de Clases y Evaluación equivalente al 30% respectivamente de su remuneración total o integra, por los periodos comprendidos desde el 16 de marzo de 1999 hasta el 31 de diciembre de 1999, el 01 de marzo de 2000 hasta el 31 de diciembre de 2000, el 01 de junio de 2002 hasta el 31 de diciembre de 2002, el 01 de abril de 2003 hasta el 31 de diciembre de 2003, el 01 de abril de 2004 hasta el 31 de diciembre de 2004, el 23 de mayo de 2005 hasta el 31 de diciembre de 2005, el 01 de abril de 2006 hasta el 31 de diciembre de 2006 y el 12 de marzo del 2007 hasta el 31 de diciembre de 2007, en los que ha ejercido el cargo de profesor de aula, conforme a la Ley N° 24029, modificada por la Ley Nº 25212, de conformidad a las consideraciones expuestas en la presente sentencia, con deducción de importes que han sido abonados por dicho concepto, sobre la base de la remuneración total permanente, más intereses legales que se liquidarán en ejecución de sentencia, sin costas ni costos, siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución Nº 05 de fecha 12 de julio de 2017, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio de Tarapoto; y REQUIRIÉNDOSE su ejecución mediante Resolución Nº 13 de fecha 16 de setiembre de 2022, emitida por el Juzgado de trabajo Transitorio - Sede M. Compagñon Tarapoto; AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 301 – Bajo Mayo emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente.
LIZARZABURO REYNA JOSE CARLOS
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28/12/2022
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RDR Nº 2772-2022-GRSM-DRE
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RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente judicial N° 00040-2022-0-2208-JR-LA-01, l) el pago del reintegro de la Bonificación Especial mensual por Preparación de Clases y Evaluación, equivalente al30% de la remuneración total o integra, por los periodos comprendidos desde 09 de mayo hasta el 31 de diciembre de 1994, el 12 de junio hasta el 31 de diciembre de 1995, el 23 de abril hasta el 31 de diciembre de 1996, el 01 de abril hasta el 31 de diciembre de 1997, el 16 de marzo hasta el 31 de diciembre de 1998, el 01 de abril hasta el 31 de diciembre de 1999, el 16 de abril hasta el 31 de diciembre de 2000, el 09 de abril hasta el 31 de diciembre de 2001 y febrero de 2002, con deducción de lo ya incorrectamente pagado, ll) pago de intereses legales devengados de los conceptos antes mencionados de conformidad con los artículos 1242 y 1246 del Código Civil, los mismos que se liquidarán en ejecución de sentencia sin costas ni costos, siendo FUNDADA la demanda mediante sentencia contenida la Resolución Nº 06 de fecha 20 de junio de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio- Sede M. Compagñon Tarapoto; y REQUIRIENDO su ejecución mediante Resolución N° 10 de fecha 15 de noviembre de 2022 emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio- Sede M. Compagñon Tarapoto; AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 301 - Bajo Mayo emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente.
GONZALES SAAVEDRA DENISE
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28/12/2022
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RDR Nº 2775-2022-GRSM-DRE
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RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente judicial N° 00210-2015-0-2206-JM-LA-01, la liquidación de la diferencia que el demandante ha dejado de percibir, con los intereses legales al haberse realizado un indebido cálculo de la bonificación por preparación de clases, equivalente al 30% de su remuneración total o integra por el periodo comprendido desde el 01 de marzo de 2000 hasta el 25 de noviembre de 2012; siendo FUNDADA la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución N° 06 de fecha 09 de octubre de 2017, emitida por el Juzgado Mixto de la Provincia de Picota y REQUIRIÉNDOSE su ejecución mediante Resolución N° 14 de fecha 24 de octubre de 2022, emitida por el Juzgado Mixto de la Provincia de Picota; AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 301 - Bajo Mayo emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente; AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 301 - Bajo Mayo emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente.
GARCIA USHIÑAHUA CARLOS ALBERTO
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28/12/2022
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RDR Nº 2776-2022-GRSM-DRE
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RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente N° 00005-2021-0-2205-JM-LA-01, el pago del reintegro del monto diferencial de la bonificación especial por preparación de clases y evaluación, equivalente al 30% de su remuneración total o íntegra, por el periodo comprendido desde el 21 de mayo de 1990 hasta el 25 de noviembre del 2012; con deducción de los importes que hayan sido abonados por dichos conceptos por remuneración total permanente, sin costas ni costos; siendo FUNDADA la demanda mediante sentencia contenida la Resolución N° 05 de fecha 20 de julio de 2021, emitida por el Juzgado Civil Transitorio - Sede Juanjuí; y REQUIRIENDOSE su ejecución mediante Resolución N° 09 de fecha 03 de marzo de 2022, emitida por el Juzgado Civil Transitorio - Sede Juanjuí; AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 302 - Huallaga Central emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente.
RUIZ CARDENAS GRIMALDO
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28/12/2022
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RDR Nº 2771-2022-GRSM-DRE
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RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente judicial Nº 00260-2021-0-2208-JR-LA-01, l) el pago del reajuste de la remuneración personal correspondiente al 2% de la remuneración básica por cada año de servicios cumplidos, de conformidad a lo dispuesto en el tercer párrafo del artículo 52 de la Ley N024029 - Ley del profesorado, modificada por la Ley N° 25212, por el periodo comprendido desde el 01 de setiembre de 2001 hasta el 25 de noviembre de 2012, previa deducción de lo ya incorrectamente pagado, ll) pago de reintegro del Beneficio adicional por vacaciones, equivalente a una remuneración básica por cada periodo vacacional de conformidad al artículo 218 del Decreto Supremo N° 019-90-ED, la misma que no ha sido pagada conforme a Ley, por el periodo comprendido desde el 01 de setiembre de 2001 hasta el 25 de noviembre de 2012 previa deducción de lo ya incorrectamente pagado, III) pago de intereses legales devengados de los conceptos antes mencionados, de conformidad con los artículos 1242 y 1246 del Código Civil, los mismos que se liquidaran en ejecución de sentencia sin costas ni costos; siendo FUNDADA la demanda mediante sentencia de vista contenida la Resolución N° 07 de fecha 10 de junio de 2022, emitida por la Sala Civil Descentralizada de Tarapoto; y REQUIRIENDO su ejecución mediante Resolución Nº 08 de fecha 14 de julio de 2022, emitido por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sede M. Compagñon Tarapoto; AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 301 - Bajo Mayo emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente.
CHOTA PINCHI HEYNE
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28/12/2022
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RDR Nº 2769-2022-GRSM-DRE
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RECONOCER PORMANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente judicial N° 00066-2022-0-2201-JR-LA-01, el pago del reintegro -reajuste de la remuneración personal correspondiente al 5% de la remuneración básica por cada quinquenio cumplido, por el periodo comprendido desde el 01 de setiembre del 2001 hasta el 31 de diciembre del 2021 sin exceder de ocho quinquenios, más intereses legales que se liquidarán en ejecución de sentencia, sin costas ni costos, siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución N° 04 de fecha 22 de abril de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio de Moyobamba y REQUIRIÉNDOSE su ejecución mediante Resolución N° 14 de fecha 10 de noviembre de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sub Sede Moyobamba; AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 301 - Bajo Mayo emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente.
ASPAJO FATAMA SALOMON
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28/12/2022
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RDR Nº 2777-2022-GRSM-DRE
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RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente judicial N° 00303-2017-0-2205-SP-CI-01, el pago de reintegro de la bonificación especial por preparación de clases y evaluación equivalente al 30%de su remuneración total o integra por el periodo comprendido desde el 17 de mayo de 1996 hasta el 25 de noviembre del 2012, con deducción de los descuentos respectivos; siendo FUNDADA la demanda mediante sentencia de vista contenida en la Resolución N° 08 de fecha 31 de diciembre de 2019, emitida por la Sala Mixta Descentralizada de Liquidación y Apelaciones de Mariscal Cáceres - Juanjuí y REQUIRIENDO su ejecución mediante Resolución Nº 09 de fecha 16 de febrero de 2022, por el Juzgado Mixto - Sede Tocache; ; AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 303 – Alto Huallaga emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente.
SILUPU AGUILAR RAMON
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28/12/2022
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RDR Nº 2768-2022-GRSM-DRE
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DECLARAR LA NULIDAD por mandato judicial de la Resolución Jefatural Nº 3835-2019GRSM/DRE/DO-OO.UE.300, de fecha 30 de setiembre del 2019, la que reconoce créditos devengados por la suma de S/. 3,232.46, por concepto del 30% de Preparación de Clases y Evaluación, calculado sobre la base de su remuneración total (integra), en aplicación del Decreto Supremo Nº 051-91 -PCM artículo 8º inciso b); mandato que se encuentra contenido en la Resolución Judicial Nº 15 de fecha 10 de junio de 2022, asignada en el expediente judicial Nº 00366-2016-0-2201-JM-LA-01; emitida ante el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sub Sede Moyobamba, que resuelve; y declarándose consentida y requiriendo su ejecución mediante Resolución Judicial Nº 16 de fecha 02 de diciembre de 2022, emitido por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sub Sede Moyobamba; AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 300 – Educación San Martin emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente.
LUDEÑA GRANDEZ MARIA LAURA
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28/12/2022
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RDR Nº 2758-2022-GRSM-DRE
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RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente Nº 00078-2015-0-2204-JR-LA-01; el reintegro de la bonificación especial por preparación de clases y evaluación, equivalente al 30% la que se calculara sobre la base de su remuneración total o integra, por el periodo comprendido desde el 21 de mayo de 1990 hasta el 25 de noviembre de 2012; con deducción de los montos abonados de haberse efectuado pago alguno por el mismo concepto, teniendo en consideración el periodo efectivamente laborado y los cálculos establecidos por los regímenes de la Ley de profesorado y la Ley de la carrera magisterial, más los intereses legales que correspondan, que se liquidaran en ejecución de sentencia sin costas ni costos; siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución Nº 07 de fecha 06 de enero de 2017, emitida por el Juzgado Civil de la Provincia de Lamas y REQUIRIÉNDOSE su ejecución mediante Resolución Nº 20 de fecha 06 de junio de 2022, emitida por el Juzgado Civil - Sede Lamas; AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 305 – Lamas emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente; AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 305 – Lamas emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente.
RUIZ LOZANO LILIANA
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28/12/2022
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RDR Nº 2759-2022-GRSM-DRE
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RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente N° 00053-2015-0-2204-JR-LA-01, el reintegro de la bonificación especial por preparación de clases y evaluación, equivalente al 30% la que se calculara sobre la base de su remuneración total o integra, por el periodo comprendido desde el 09 de abril de 1991 hasta el 25 de noviembre de 2012; con deducción de los montos abonados de haberse efectuado pago alguno por el mismo concepto, teniendo en consideración el periodo efectivamente laborado y los cálculos establecidos por los regímenes de la Ley de profesorado y la Ley de la carrera magisterial, más los intereses legales que correspondan, que se liquidaran en ejecución de sentencia sin costas ni costos; siendo FUNDADA la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución N° 11 de fecha 27 de abril de 2017, emitida por el Juzgado Civil de la Provincia de Lamas y REQUIRIÉNDOSE su ejecución mediante Resolución N°18 de fecha 14 de noviembre de 2022, emitida por el Juzgado Civil de la Provincia de Lamas; AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 305 – Lamas emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente.
ZUMBA PAIMA LIVIA
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28/12/2022
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RDR Nº 2760-2022-GRSM-DRE
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DECLARAR FUNDADA LA OBSERVACIÓN por mandato judicial de la Resolución Jefatural N° 2820-2018-GRSM/DRE/DO-OO.UE-306-R, de fecha 07 de noviembre de 2018, que reconoce como créditos devengados por la suma de S/ 9,947.29, por concepto del 30% de Preparación de Clases y Evaluación, calculado sobre la base de su remuneración total (integra), en aplicación del Decreto Supremo N O 051-91-PCM artículo 8° inciso b); mandato que se encuentra contenido en la Resolución Judicial N° 12 de fecha 05 de junio del 2019, asignada en el expediente judicial N° 00037-2016-0-2207-JM-LA-OI; emitida ante el 1° Juzgado Civil SEDE MBJ Rioja; AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 306 – Rioja emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente.
ACUÑA REGALADO JUANA IDELSA
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28/12/2022
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RDR Nº 2757-2022-GRSM-DRE
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RECTIFICAR el Cuarto considerando y Articulo Primero de Resolución Directoral Regional N° 2129-2022-GRSM/DRE, de fecha 27, de octubre de 2022, que reconocer por mandato judicial, recaído en el expediente N° 2015-194-ACA, el pago del reintegro de la bonificación especial por preparación de clases y evaluación, de la siguiente manera; AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 305 – Lamas emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente.
USHIÑAHUA USHIÑAHUA GEINER
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28/12/2022
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RDR Nº 2754-2022-GRSM-DRE
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RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente N° 00116-2016-0-2204-JR-LA-01; el reintegro de la bonificación especial por preparación de clases y evaluación, equivalente al 30% la que se calculara sobre la base de su remuneración total o integra, por el periodo comprendido desde el mes de julio de 1995 hasta el 25 de noviembre de 2012; con deducción de los montos abonados de haberse efectuado pago alguno por el mismo concepto, teniendo en consideración el periodo efectivamente laborado y los cálculos establecidos por los regímenes de la Ley de profesorado y la Ley de la carrera magisterial, más los intereses legales que correspondan, que se liquidaran en ejecución de sentencia sin costas ni costos; siendo FUNDADA la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución Nº 06 de fecha 08 de agosto de 2017, emitida por el Juzgado Civil de la Provincia de Lamas y REQUIRIÉNDOSE su ejecución mediante Resolución N° 12 de fecha 10 de noviembre de 2022, emitida por el Juzgado Civil de la Provincia de Lamas; AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 305 – Lamas emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente.
MORI ALVAREZ LESLY
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28/12/2022
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RDR Nº 2755-2022-GRSM-DRE
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DECLARAR LA NULIDAD por mandato judicial la Resolución Jefatural Nº 000498-2022-GRSM-DRESM-U.E.305-E.L, de fecha 14 de octubre del 2022, la que reconoce créditos devengados por la suma de S/. 8,905.03, por concepto de preparación de clases y evaluación, calculado sobre la base de la remuneración total o integra, en aplicación del Decreto Supremo N° 051-91-PCM artículo 8º inciso b); mandato que se encuentra contenido en la Resolución Judicial N° 14 de fecha 11 de noviembre del 2022, asignada en el expediente judicial N° 003172021-0-2201-JR-LA-01; emitida ante el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sub Sede Moyobamba; declarándose consentida y requiriendo su ejecución mediante Resolución Judicial N O 15 de fecha 02 de diciembre del 2022, emitido por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sub Sede Moyobamba; AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 305 – Lamas emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente.
SANCHEZ LINARES REINER
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28/12/2022
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RDR Nº 2756-2022-GRSM-DRE
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RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente N O 00090-2022-0-2201-JR-LA-01; el reintegro de la bonificación especial por preparación de clases y evaluación, equivalente al 30% la que se calculara sobre la base de su remuneración total o integra, por el periodo comprendido desde el 01 de febrero de 1991 hasta el 25 de noviembre de 2012; la que se calculara sobre la base de su remuneración total (integra), conforme a lo esgrimido en los fundamentos de la presente sentencia, con deducción de los montos abonados de haberse efectuado pago alguno por el mismo concepto, por remuneración total permanente y sin considerar los periodos en los que obtuvo licencia sin goce de haber, por el periodo comprendido desde el 02 de octubre de 1991 hasta el 31 de diciembre de 1991, el 02 de setiembre de 1994 hasta el 22 de setiembre de 1994 y el 18 de junio de 1996 hasta el 21 de iunio de 1996; siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución N° 06 de fecha 24 de mayo de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sub Sede Moyobamba; y REQUIRIENDO su ejecución mediante Resolución N° 12 de fecha 28 de noviembre de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sub Sede Moyobamba; AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 305 - Lamas emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente.
SANCHEZ LOZANO HELIDE
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28/12/2022
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RDR Nº 2761-2022-GRSM-DRE
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DECLARAR LA NULIDAD por mandato judicial de la Resolución Jefatural N° 1983-2019-GRSM/DRE/DO-OO.UE.306, de fecha 20 de junio del 2019, que reconoce como créditos devengados por la suma de S/ 10,066.98, por concepto del 30% de Preparación de Clases y Evaluación, calculado sobre la base de su remuneración total (integra), en aplicación del Decreto Supremo N° 05191-PCM artículo 8 0 inciso b); mandato que se encuentra contenido en la Resolución Judicial N° 17 de fecha 19 de agosto de 2022, asignada en el expediente judicial N° 00642-2016-0-2201-JM-LA-01; emitida ante el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sub Sede Moyobamba; y declarándose consentida y requiriendo su ejecución mediante Resolución Nº 19 de fecha 04 de noviembre de 2022, emitido por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sub Sede Moyobamba; AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 306 – Rioja emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente.
ALVA BURGA HILTER MANUEL
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28/12/2022
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RDR Nº 2762-2022-GRSM-DRE
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DECLARAR LA NULIDAD por mandato judicial de la Resolución Jefatural N°2628-2018/GRSM/DRE/DO-OO.UE.306-R, de fecha 20 de setiembre del 2018, que reconoce como créditos devengados por la suma de S/ 7,333.34, por concepto del 30% de Preparación de Clases y Evaluación, calculado sobre la base de su remuneración total (integra), en aplicación del Decreto Supremo Nº 051-91-PCM artículo 80 inciso b); mandato que se encuentra contenido en la Resolución Judicial N° 16 de fecha 12 de agosto de 2022, asignada en el expediente judicial Nº 00490-2016-0-2201-JM-LA-01; emitida ante el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sub Sede Moyobamba; y declarándose consentida y requiriendo su ejecución mediante Resolución N° 18 de fecha 10 de noviembre de 2022, emitido por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sub Sede Moyobamba; AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 306 - Rioja emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente..
GONGORA ACOSTA CARLOS ENRIQUE
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