DOCUMENTOS DE GESTIÓN

Dirección regional de Educación - San Martín

Resoluciones


Fecha Título Descripción Archivo Enlace
23/01/2023
RDR N° 129-2023-GRSM-DRE
RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente judicial Nº 00327-2022-0-2208-JR-LA-01, el pago del reintegro-reajuste de la remuneración personal correspondiente al 2% de la remuneración básica por cada año de servicios cumplidos, por el periodo comprendido desde el 01 de setiembre de 2001 hasta el 25 de noviembre de 2012 fecha desde la cual se ha acreditado que la actora percibe la remuneración básica conforme al D.U. Nº 105-2001 y fecha en que estuvo en vigencia los efectos de la ley Nº 24029, asimismo el pago del reintegro de la compensación vacacional, dispuesta por el artículo 218º del D.S. Nº 19-90ED, por el periodo desde el 01 de setiembre de 2001 hasta el 25 de noviembre de 2012 previa deducción de lo incorrectamente pagado; sin perjuicio del pago de los devengados más intereses legales que se liquidarán en ejecución de sentencia, sin costas ni costos; la misma que fue declara FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia y confirmada en parte mediante sentencia de vista en la Resolución Nº 07 de fecha 04 de noviembre de 2022, emitida ante la Sala Civil Descentralizada de Tarapoto y REQUIRIÉNDOSE su ejecución mediante Resolución Nº 08 de fecha 05 de diciembre de 2022, Juzgado de Trabajo Transitorio Sede M.Compagñon Tarapoto. AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 301 - Educación Bajo Mayo emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente conforme a lo establecido en la sentencia contenida en la Resolución Nº 07. REATEGUI RUESTA NANCY MEDALY
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23/01/2023
RDR N° 126-2023-GRSM-DRE
RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente judicial Nº 00530-2016-0-2208-JM-LA-01, el reintegro de la bonificación especial por preparación de clases y evaluación; asimismo la bonificación adicional por desempeño del cargo y preparación de documentos de gestión equivalente al 30% y 5% de su remuneración total o integra, por el periodo comprendido desde el 21 de mayo de 1990 en delante de manera continua, más los devengados e intereses legales sin costas ni costos; siendo FUNDADA la demanda mediante Casación Nº 12652-2018 de fecha 10 de marzo de 2022, emitida por la Primera Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República; y REQUIRIENDO su ejecución mediante Resolución Nº 17 de fecha 07 de diciembre de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sede M. Compagñon Tarapoto. ROJAS REATEGUI JORGE ROLDAN
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23/01/2023
RDR N° 124-2023-GRSM-DRE
RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente Nº 00170-2022-0-2208-JR-LA-01, l) el pago del reintegro de la bonificación especial mensual por preparación de clases y evaluación, equivalente al 30% de su remuneración total o integra, por el periodo comprendido desde el 29 de abril de 1993 hasta el 25 de noviembre de 2012; con deducción de lo ya incorrectamente pagado, II) pago de intereses legales y devengados de conformidad con los artículos 1242 y 1246 del Código Civil, los mismos que se liquidaran en ejecución de sentencia sin costas ni costos; siendo FUNDADA la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución Nº 03 de fecha 22 de junio de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sede M. Compagñon Tarapoto; y REQUIRIENDO su ejecución mediante Resolución Nº 07 de fecha 13 de diciembre de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sede M. Compagñon Tarapoto. AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 301 - Educación Bajo Mayo emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente conforme a lo establecido en la sentencia contenida en la Resolución Nº 03. GUERRA FASANANDO PATRICIA DEL CARMEN
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23/01/2023
RDR N° 135-2023-GRSM-DRE
RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente judicial Nº 00089-2022-0-2201-JR-LA-01, el reintegro de la bonificación especial por preparación de clases y evaluación equivalente al 30% respectivamente de su remuneración total o íntegra, por el periodo comprendido desde el 01 de febrero de 1991 hasta el 25 de noviembre de 2012 con deducción de los importes que hayan sido abonados por dicho concepto por remuneración total permanente; siendo FUNDADA la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución Nº 04 de fecha 04 de mayo de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio de Moyobamba; y REQUIRIÉNDOSE su ejecución mediante Resolución Nº 11 de fecha 05 de diciembre de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sub Sede Moyobamba. AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 305 – Educación Lamas emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente conforme a lo establecido en la sentencia contenida en la Resolución Nº 04. MORI SIFUENTES MARINO
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23/01/2023
RDR N° 125-2023-GRSM-DRE
RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente judicial Nº 00344-2022-0-2201-JR-LA-01, el pago del reintegro - reajuste de la remuneración personal correspondiente al 2% de la remuneración básica por cada año de servicios cumplidos, por el periodo comprendido desde el 01 de marzo de 2010 hasta el 25 de noviembre de 2012; con deducción de los importes que hayan sido abonados por dicho concepto; más intereses legales que se liquidarán en ejecución de sentencia sin costas ni costos; siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución Nº 04 de fecha 30 de junio de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio de Moyobamba; y REQUIRIENDO su ejecución mediante Resolución Nº 10 de fecha 29 de noviembre de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sub Sede Moyobamba. AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 301 - Educación Bajo Mayo; emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente conforme a lo establecido en la sentencia contenida en la Resolución Nº 04. TENAZOA NAVARRO ISABEL
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23/01/2023
RDR N° 136-2023-GRSM-DRE
DECLARAR LA NULIDAD por mandato judicial de la Resolución Jefatural Nº 2824-2018-GRSM/DRE/DO-OO.UE.306-R, de fecha 07 de noviembre del 2018, que reconoce como créditos devengados por la suma de S/ 9,489.64, por concepto del 30% de preparación de clases y evaluación, calculado sobre la base de su remuneración total o integra en aplicación del Decreto Supremo Nº 051-91 -PCM artículo 8º inciso b); mandato que se encuentra contenido en la Resolución Judicial Nº 16 de fecha 02 de diciembre de 2022, asignada en el expediente judicial Nº 00354-2016-0-2201-JM-LA-01; emitida ante el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sub Sede Moyobamba; y declarándose consentida y e requiriendo su ejecución mediante Resolución Nº 17 de fecha 05 de enero del 2023, emitido por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sub Sede Moyobamba. AUTORIZAR a, la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 306 - Educación Rioja, emitir la Resolución con el cálculo correspondiente y que la liquidación se realice dando cumplimento al Tercer considerando de la Resolución Judicial Nº 16 de fecha 02 de diciembre de 2022, asignada en el expediente judicial Nº 00354-2016-0-2201-JM-LA-01; emitida ante el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sub Sede Moyobamba. LLANCA CHICANA FREDDY
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23/01/2023
RDR N° 120-2023-GRSM-DRE
RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente judicial Nº 00213-2022-0-2208-JR-LA-01, l) el pago del reintegro de la remuneración personal correspondiente al 2% de la remuneración básica por cada año de servicios cumplidos, de conformidad a lo dispuesto en el tercer párrafo del artículo 52º de la Ley Nº 24029 - Ley del Profesorado, modificada por la Ley Nº 25212, la misma que no ha sido cancelada conforme a Ley, por el periodo comprendido desde el 01 de septiembre de 2001 hasta el 25 de noviembre de 2012: previa deducción de lo ya incorrectamente pagado; precisando que dicho reintegro será por cada año de servicio cumplido, ll) pago de reintegro del beneficio adicional por vacaciones; equivalente a una remuneración básica por cada periodo vacacional, de conformidad al artículo 218º del Decreto Supremo Nº 019-90-ED, la misma que no ha sido pagada conforme a Ley, por el periodo comprendido desde el 01 de septiembre de 2001 hasta el 25 de noviembre de 2012; previa deducción de lo ya incorrectamente pagado, III) pago de intereses legales devengados de los conceptos antes mencionados, de conformidad de los artículos 1242 y 1246 del Código Civil, los mismos que se liquidaran en ejecución de sentencia sin costas ni costos; siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución Nº 03 de fecha 23 de junio de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sede M. Compagñon Tarapoto; y REQUIRIENDO su ejecución mediante Resolución Nº 10 de fecha 17 de noviembre de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sede M. Compagñon Tarapoto. AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 301 - Educación Bajo Mayo emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente conforme a lo establecido en la sentencia contenida en la Resolución Nº 03. MARCATINCO MENDOZA JOSE ENRIQUE
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23/01/2023
RDR N° 119-2023-GRSM-DRE
RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente judicial Nº 00155-2016-0-2208-JR-CA-01, el pago del reintegro de la Bonificación especial por preparación de clases y evaluación equivalente al 30% de su remuneración total o integra, por el periodo comprendido desde el 21 de agosto de 1995 hasta el 25 de noviembre de 2012; de conformidad a las consideraciones expuestas en la presente resolución, con deducción de los importes que hayan sido abonados por dicho concepto sobre la base de la remuneración total permanente, más intereses legales, que se liquidaran en ejecución de sentencia; siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución Nº 05 de fecha 12 de julio de 2017, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio de Tarapoto; y REQUIRIENDO su ejecución mediante Resolución Nº 12 de fecha 03 de mayo de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sede M. Compagñon Tarapoto. AUTORIZAR a la Oficna e Operaciones de la Unidad Ejecutora 301 - Educación Bajo Mayo emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente conforme a lo establecido en la sentencia contenida en la Resolución Nº 05. ZEGARRA GUZMAN JESSICA KATTIA
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23/01/2023
RDR N° 121-2023-GRSM-DRE
RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente judicial Nº 00215-2021-0-2208-JR-LA-01, el reintegro de la bonificación especial por concepto de preparación de clases y evaluación, equivalente al 30% de su remuneración total o integra, por los siguientes periodos comprendidos desde el: a) 01 de setiembre del 2001 hasta el 31 de diciembre de 2001, así como en el periodo en que laboro como docente nombrado desde el 01 de setiembre del 2002 (desde que se acredito que percibió la bonificación especial) hasta el 25 de noviembre de 2012 (en que rigió la Ley Nº 24029 modificada por la Ley 25212); con la sola deducción de los pagos que hayan sido abonados por dicho concepto, más intereses legales que se liquidarán en ejecución de sentencia, sin costas ni costos; la misma que fue declara FUNDADA EN PARTE la demanda mediante Resolución Nº 04 de fecha 26 de julio de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sede Martínez de Compagñon Tarapoto y REQUIRIÉNDOSE su ejecución mediante Resolución Nº 08 de fecha 30 de noviembre de 2022 emitida pofel Juzgado de trabajo transitorio - SEDE M. Compagñon Tarapoto. AUTORIZAR a la oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 301 - Educación Bajo Mayo, emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente conforme a lo establecido en la Sentencia contenida en la Resolución Nº 04. TRIGOZO HIDALGO MOISES
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23/01/2023
RDR N° 122-2023-GRSM-DRE
RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente judicial Nº 00484-2017-0-2208-JR-LA-01, el pago del reintegro de la bonificación especial por preparación de clases y evaluación equivalente al 30% de su remuneración total o integra, por el periodo comprendido desde el 21 de mayo de 1993 hasta el 25 de noviembre de 2012; en el que ejerció como profesora de aula, conforme a las consideraciones expuestas en la presente resolución, con deducción de los importes que hayan sido abonados por dicho concepto sobre la base de la remuneración total permanente, más intereses legales, que se liquidaran en ejecución de sentencia sin costas ni costos; siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución Nº 04 de fecha 23 de enero de 2018, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio de Tarapoto; y REQUIRIENDO su ejecución mediante Resolución Nº 10 de fecha 23 de diciembre de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sede M. Compagñon Tarapoto. AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 301 - Educación Bajo Mayo emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente conforme a lo establecido en la sentencia contenida en la Resolución Nº 04. TORRES PAREDES ENITH
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23/01/2023
RDR N° 118-2023-GRSM-DRE
RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente judicial Nº 00334-2021-0-2208-JR-LA-01; el reintegro de la Bonificación Especial por Preparación de Clases y Evaluación equivalente al 30% respectivamente de su remuneración total o integra, por los periodos comprendidos desde el 01 de abril de 2001 al 25 de noviembre de 2012; en los que ejerció como profesor de aula, por la deducción de importes que han sido abonados por dicho concepto, más intereses legales que se liquidarán en ejecución de sentencia, sin costas ni costos, siendo FUNDADA mediante sentencia con resolución Nº 05 de fecha 31 de marzo de 2022, emitida ante el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sede M.Compagñon Tarapoto; y REQUIRIENDO su ejecución mediante Resolución Nº 10 de fecha 23 de agosto de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sede M.Compagñon Tarapoto. AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 301 - Educación Bajo Mayo emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente conforme a lo establecido en la sentencia contenida en la Resolución Nº 05. HUANAMBAL VASQUEZ JOSÉ LUIS
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23/01/2023
RDR N° 123-2023-GRSM-DRE
RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente judicial Nº 00230-2022-0-2208-JR-LA-01; el reintegro de Aa Bonificación Especial por Preparación de Clases y Evaluación equivalente al 30% respectivamente de su remuneración total o integra, por los periodos comprendidos desde el 01 de agosto hasta el 31 de diciembre de 2000 y desde el 01 de abril de 2001 hasta el 25 de noviembre de 2012; en los que ejerció como profesor de aula, por la deducción de importes que han sido abonados por dicho concepto, más intereses legales que se liquidarán en ejecución de sentencia, sin costas ni costos, siendo FUNDADA mediante sentencia con resolución Nº 05 de fecha 12 de agosto de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio -Sede M. Compagñon Tarapoto y REQUIRIENDO su ejecución mediante Resolución Nº 10 de fecha 25 de noviembre de 2022, emitida por el Juzgado de trabajo Transitorio - Sede M.compagñon. AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 301 - Educación Bajo Mayo emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente conforme a lo establecido en la sentencia contenida en la Resolución Nº 05. MEGO DEL AGUILA FERNANDO
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23/01/2023
RDR N° 130-2023-GRSM-DRE
RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente judicial Nº 00204-2022-0-2208-JR-LA-01, l) el reajuste de la bonificación personal correspondiente al 2% de la remuneración básica por cada año de servicios cumplidos, más el pago de devengados de forma retroactiva, por el periodo comprendido desde el 01 de octubre de 2001 hasta el 25 de noviembre de 2012 previa deducción de lo incorrectamente pagado, ll) pago de la compensación vacacional; equivalente a una remuneración básica por cada periodo vacacional, más el pago de devengados de forma retroactiva, por el periodo comprendido desde el 01 de octubre de 2001 hasta el 25 de noviembre de 2012 previa deducción de lo incorrectamente pagado, III) pago de intereses legales devengados de los conceptos antes mencionados, de conformidad con -los artículos 1242 y 1246 del Código Civil de la presente sentencia, los mismos que se liquidaran en ejecución de sentencia sin costas ni costos; Sendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución Nº 03 de fecha 27 de julio de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sede M. Compagñon Tarapoto; y REQUIRIENDO su ejecución mediante Resolución Nº 07 de fecha 23 de noviembre de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sede M. Compagñon Tarapoto. AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 301 - Educación Bajo Mayo emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente conforme a lo establecido en la sentencia contenida en la Resolución Nº 03. MOREY BARTRA HERMAN AGUSTIN
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23/01/2023
RDR N° 114-2023-GRSM-DRE
"DECLARAR LA NULIDAD por mandato judicial de la Resolución Jefatural Nº 2983-2018-GRSM/DRE/DO-OO.UE.300, de fecha 30 de julio del 2018, que reconoce como créditos devengados por la suma de S/ 1,115.20, por concepto del 30% de preparación de clases y evaluación, calculado sobre la base de su remuneración total integra en aplicación del Decreto Supremo Nº 051-91-PCM artículo 8º inciso b); mandato que se encuentra contenido en la Resolución Judicial Nº 16 de fecha 09 de mayo del 2022, asignada en el expediente judicial Nº 00029-2016-0-2201JM-LA-01, emitida ante el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sub Sede Moyobamba; y declarándose consentida y requiriendo su ejecución mediante Resolución Nº 17 de fecha 22 de junio del 2022, emitido por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sub Sede Moyobamba. AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 300 - Educación San Martín, emitir la Resolución con el cálculo correspondiente y que la liquidación se realice dando cumplimento a la Resolución Judicial Nº 16 de fecha 09 de mayo del 2022, asignada en el expediente judicial Nº 00029-2016-0-2201-JM-LA-01; emitida ante el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sub Sede Moyobamba. " ZUMAETA MARIN CONSUELO
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23/01/2023
RDR N° 115-2023-GRSM-DRE
RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente judicial Nº 00105-2022-0-2201-JR-LA-01, el REINTEGRO POR LUTO Y GASTOS DE SEPELIO, en base a su remuneraciones totales o integras por el fallecimiento de su progenitor Manuel Augusto Perea Celis, con deducción de los importes que hayan sido abonados por dicho concepto, más intereses legales; siendo FUNDADA la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución Nº 05 de fecha 21 de abril de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio de Moyobamba; y REQUIRIENDO su ejecución mediante Resolución Nº 14 de fecha 21 de noviembre de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sub Sede Moyobamba. AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 300 - Educación San Martín emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente conforme a lo establecido en la Sentencia contenida en la Resolución Nº 05. PEREA RINAVI ANA LUCY
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23/01/2023
RDR N° 116-2023-GRSM-DRE
DECLARAR LA NULIDAD por mandato judicial de la Resolución Jefatural Nº 4462-2019-GRSM/DRE/DO-OO.UE.300, de fecha 09 de diciembre del 2019, que reconoce como créditos devengados por la suma de S/ 2, 165.88, por concepto del 30% de preparación de clases y evaluación, calculado sobre la base de su remuneración total integra en aplicación del Decreto Supremo Nº 051-91-PCM artículo 8º inciso b) y el Informe Legal Nº 524-2012-SERVIR/GPGS; mandato que se encuentra contenido en la Resolución Judicial Nº 19 de fecha 23 de noviembre del 2022, asignada en el expediente judicial Nº 00778-2015-0-2201-JM-LA-01; emitida ante el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sub Sede Moyobamba; y declarándose consentida y requiriendo su ejecución mediante Resolución Nº 20 de fecha 20 de diciembre del 2022, emitido por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sub Sede Moyobamba. AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 300 - Educación San Martín, emitir la Resolución con el cálculo correspondiente y que la liquidación se realice dando cumplimento al Tercer considerando de la Resolución Judicial Nº 19 de fecha 23 de noviembre del 2022, asignada en el expediente judicial Nº 00778-2015-0-2201-JM-LA-01 ; emitida ante el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sub Sede Moyobamba. RUIZ PEREZ ISABEL
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23/01/2023
RDR N° 113-2023-GRSM-DRE
RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente judicial Nº 00140-2022-0-2201-JR-LA-01, el pago del reintegro-reajuste de la remuneración personal correspondiente al 2% de la remuneración básica por cada año de servicios cumplidos, por el periodo comprendido desde el 01 de setiembre de 2001 hasta el 25 de noviembre de 2012 con deducción de los importes que hayan sido abonados por dicho concepto, más intereses legales que se liquidaran en ejecución de sentencia, asimismo el reintegro de la compensación vacacional, de conformidad al artículo 218º del Decreto Supremo Nº 019-90-ED, por el periodo comprendido a enero 2006; más los intereses legales que se liquidaran en ejecución de sentencia, sin costos ni costas; siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución Nº 04 de fecha 29 de abril de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio de Moyobamba; y REQUIRIENDO su ejecución mediante Resolución Nº 08 de fecha 29 de noviembre de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sub Sede Moyobamba. AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 300 -Educación San Martín emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente conforme a lo establecido en la Sentencia contenida en la Resolución Nº 04. PAREDES GONZALES CATALINA
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23/01/2023
RDR N° 117-2023-GRSM-DRE
RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente judicial Nº 00266-2022-0-2201-JR-LA-01, el pago del reintegro-reajuste de la remuneración personal correspondiente al 2% de la remuneración básica por cada año de servicios cumplidos, por el periodo comprendido desde el 01 de setiembre de 2001 hasta el 25 de noviembre de 2012 más los intereses legales que se liquidaran en ejecución de sentencia, asimismo el pago de reintegro de la compensación vacacional, de conformidad al artículo 218º del Decreto Supremo Nº 019-90-ED, por el periodo comprendido a enero 2012; más los intereses legales que se liquidaran en ejecución de sentencia, sin costos ni costas; siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución Nº 06 de fecha 17 de junio de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio de Moyobamba; y REQUIRIENDO su ejecución mediante Resolución Nº 11 de fecha 29 de noviembre de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sub Sede Moyobamba. AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 300 - Educación San Martín emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente conforme a lo establecido en la Sentencia contenida en la Resolución Nº 06. MEGO PANDURO JOSE MARCELO
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23/01/2023
RDR N° 111-2023-GRSM-DRE
RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente judicial Nº 00414-2022-0-2201-JR-LA-01, el reintegro de la bonificación especial por preparación de clases y evaluación, por el periodo comprendido desde el 21 de ma o de 1990 hasta el 25 de noviembre de 2012, más intereses legales, con deducción de lo cancelado; siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia de vista contenida en la Resolución Nº 06 de fecha 05 de octubre de 2022, emitida por la Sala Civil Permanente de Moyobamba; y REQUIRIENDO su ejecución mediante Resolución Nº 07 de fecha 29 de noviembre de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sub Sede Moyobamba. AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 300 - Educación San Martín emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente conforme a lo establecido en la Sentencia de vista contenida en la Resolución Nº 06. VILLACORTA BUSTAMANTE CARMELA
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23/01/2023
RDR N° 112-2023-GRSM-DRE
RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente judicial Nº 00285-2022-0-2201-JR-LA-01, el reintegro de la bonificación especial por preparación de clases y evaluación, equivalente al 30% respectivamente de su remuneración total o íntegra, por el periodo comprendido desde el 01 de marzo de 2000 hasta el 31 de diciembre de 2000, el 02 de abril de 2001 hasta el 31 de diciembre de 2001 y el 26 de marzo de 2002 hasta el 25 de noviembre de 2012, con deducción de los importes que hayan sido abonados por dicho concepto por remuneración total permanente; siendo FUNDADA la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución Nº 03 de fecha 21 de junio de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio de Moyobamba; y REQUIRIENDO su ejecución mediante Resolución Nº 11 de fecha 29 de noviembre de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sub Sede Moyobamba. AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 300 - Educación San Martín emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente conforme a lo establecido en la Sentencia contenida en la Resolución Nº 03. MONTALVAN TORRES DALIA DEL ROCIO
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