DOCUMENTOS DE GESTIÓN
Dirección regional de Educación - San Martín
Fecha | Título | Descripción | Archivo | Enlace |
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25/01/2023
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RDR N° 162-2023-GRSM-DRE
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RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente judicial Nº 00137-2022-0-2208-JR-LA-01, l) el pago del reintegro de la remuneración personal correspondiente al 2% de la remuneración básica por cada año de servicios cumplidos, de conformidad a lo dispuesto en el tercer párrafo del artículo 52º de la Ley Nº 24029 - Ley del Profesorado, modificada por la Ley Nº 25212, la misma que no ha sido cancelada conforme a Ley, por el periodo comprendido desde el 01 de septiembre de 2001 hasta el 25 de noviembre de 2012 previa deducción de lo ya incorrectamente pagado; precisando que dicho reintegro será por cada año de servicio cumplido, ll) pago de reintegro del beneficio adicional por vacaciones; equivalente a una remuneración básica por cada periodo vacacional, de conformidad al artículo 218 0 del Decreto Supremo Nº 019-90-ED, la misma que no ha sido pagada conforme a Ley, por el periodo comprendido desde el 01 de septiembre de 2001 hasta el 25 de noviembre de 2012; previa deducción de lo ya incorrectamente pagado, III) pago de intereses legales devengados de los conceptos antes mencionados, de conformidad de los artículos 1242 y 1246 del Código Civil, los mismos que se liquidaran en ejecución de sentencia sin costas ni costos; siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución Nº 03 de fecha 23 de junio de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sede M. Compagñon Tarapoto; y REQUIRIENDO su ejecución mediante Resolución Nº 07 de fecha 12 de octubre de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio de San Martín - Tarapoto. AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 301 - Educación Bajo Mayo emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente conforme a lo establecido en la sentencia contenida en la Resolución Nº 03. PEZO TORRES ENRIQUE
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25/01/2023
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RDR N° 165-2023-GRSM-DRE
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RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente judicial Nº 00075-2022-0-2208-JR-LA-01, el pago del reintegro de la Bonificación especial mensual por preparación de clases y evaluación, equivalente al 30% de su remuneración total, por el periodo comprendido desde el 01 de mayo de 1998 hasta el 25 de noviembre de 2012; y la bonificación adicional por desempeño de cargo y por preparación de documentos de gestión, equivalente al 5% de su remuneración total, por el periodo comprendido desde el 01 de abril de 2002 hasta el 25 de noviembre de 2012, ambas bonificaciones tomando como base para su cálculo la remuneración total o integra, con deducción de Io ya incorrectamente pagado, ll) pago de intereses legales y devengados de conformidad con los artículos 1242 y 1246 del Código Civil, los mismos que se liquidaran en ejecución de sentencia sin costas ni costos; siendo FUNDADA la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución Nº 06 de fecha 29 de abril de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sede M Compagñon Tarapoto; y REQUIRIENDO su ejecución mediante Resolución Nº 11 de fecha 05 de setiembre de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sede M. Compagñon Tarapoto. AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 301 - Educación Bajo Mayo emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente conforme a lo establecido en la sentencia contenida en la Resolución Nº 06. VELA MEGO JUDITH
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25/01/2023
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RDR N° 161-2023-GRSM-DRE
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RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente judicial Nº 00508-2016-0-2208-JM-LA-02, el pago del reintegro por concepto de los beneficios por haber cumplido 20 y 25 años de servicios al Estado, la suma equivalente a dos y tres remuneraciones íntegras o totales respectivamente, vigentes al mes de cumplimiento de dicho tiempo de servicios, conforme a los considerandos expuestos en la presente resolución, con la sola deducción de los montos abonados a la demandante de haberse materializado pago alguno sobre la base de la remuneración total permanente, más intereses legales que se liquidarán en ejecución de sentencia, sin costas ni costos; siendo FUNDADA la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución Nº 06 de fecha 27 de noviembre de 2017, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio de Tarapoto; y REQUIRIENDO su ejecución mediante Resolución Nº 20 de fecha 12 de diciembre de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sede M. Compagñon Tarapoto. AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 301 - Educación Bajo Mayo emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente. SANTA MARIA PIÑA LUZ LEILA
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25/01/2023
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RDR N° 166-2023-GRSM-DRE
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RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente judicial Nº 00071-2022-0-2208-JR-LA-01, l) el reajuste de la bonificación personal correspondiente al 2% de la remuneración básica por cada año de servicios cumplidos, más el pago de devengados de forma retroactiva, por el periodo comprendido desde el 01 de septiembre de 2001 hasta el 25 de noviembre de 2012; previa deducción de Io ya incorrectamente pagado, ll) pago de la compensación vacacional; equivalente a una remuneración básica por cada periodo vacacional, más el pago de devengados de forma retroactiva, por el periodo comprendido desde el 01 de septiembre de 2001 hasta el 25 de noviembre de 2012; previa deducción de lo ya incorrectamente pagado, III) pago de intereses legales devengados de los conceptos antes mencionados, los mismos que se liquidaran en ejecución de sentencia sin costas ni costos; siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia de vista contenida en la Resolución Nº 07 de fecha 19 de octubre de 2022, emitida por la Sala Civil Descentralizada de Tarapoto; y REQUIRIENDO su ejecución mediante Resolución Nº 08 de fecha 23 de noviembre de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transítorio - Sede M. Compagñon Tarapoto. AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 301 - Educación Bajo Mayo emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente conforme a lo establecido en la sentencia de vista contenida en la Resolución Nº 07. SALAS TANANTA WAGNER
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25/01/2023
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RDR N° 159-2023-GRSM-DRE
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RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente judicial Nº 00264-2022-0-2201-JR-LA-01, el reintegro de la bonificación especial por preparación de clases y evaluación, equivalente al 30% así como la bonificación adicional por el desempeño del cargo y por la preparación de documentos de gestión equivalente al 5%, por el periodo comprendido desde el 01 de abril de 1994 hasta el 25 de noviembre de 2012, para ambas bonificaciones, la que se calculara sobre la base de su remuneración total (integra), conforme a lo esgrimido en los fundamentos de la presente sentencia, con deducción de los importes que hayan sido abonados por dicho concepto por remuneración total permanente; siendo FUNDADA la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución Nº 03 de fecha 10 de junio de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio de Moyobamba; y REQUIRIENDO su ejecución mediante Resolución Nº 08 de fecha 15 de diciembre de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sub Sede Moyobamba. AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 300 - Educación San Martín emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente conforme a lo establecido en la Sentencia contenida en la Resolución Nº 03. ÑAÑEZ GARATE MARICELA
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25/01/2023
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RDR N° 160-2023-GRSM-DRE
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RECTIFICAR el Quinto Considerando y Artículo Primero de la Resolución Directoral Regional Nº 1057-2020-GRSM/DRE, de fecha 09 de noviembre de 2020, que reconocer por mandato judicial el pago de reintegro de la bonificación por concepto de Preparación de Clases y Evaluación equivalente al 30%, recaído en el expediente Nº 00654-2017-0-2208-JR-LA-01, de la siguiente manera: DEBE DECIR: Que, el accionante EMERSON CORDOVA PIZANGO, interponen demanda contenciosa administrativa, recaido en el expediente judicial Nº 00654-2017-O-2208-JR-LA-01 (...), por lo que la parte demandada interpone recurso de apelación ante la Sala Civil Descentralizada de Tarapoto generándose la Resolución Nº 15 de fecha 18 de julio de 2019 que resuelve CONFIRMAR la sentencia en el extremo y PRECISARON que el periodo comprendido es desde el 21 de mayo de 1990 al 25 de noviembre de 2012, asimismo reconocer el paqo de la bonificación adicional equivalente al 5% de su remuneración total o inteqra por el cargo de director nombrado por el periodo correspondiente desde el 01 de marzo de 1997 al 25 de noviembre de 2012 (...);" NOTIFICAR a través de Secretaría General de la Dirección Regional de Educación de San Martín la presente resolución al administrado, a la Procuraduría Pública Regional de San Martín y Oficina de Operaciones - Unidad Ejecutora 301 - Educación Bajo Mayo. CORDOVA PIZANGO EMERSON
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25/01/2023
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RDR N° 167-2023-GRSM-DRE
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RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente judicial Nº 00347-2021-0-2208-JR-LA-01, el reintegro de la Bonificación Especial por Preparación de Clases y Evaluación equivalente al 30% respectivamente de su remuneración total o integra, por los periodos comprendidos desde el 21 de mayo de 1990 al 30 de junio de 2011; por la deducción de importes que han sido abonados por dicho concepto, más intereses legales que se liquidarán en ejecución de sentencia, sin costas ni costos, siendo FUNDADA EN PARTE mediante sentencia en la Resolución Nº 03 de fecha 28 de febrero de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio de Tarapoto y REQUIRIENDO su ejecución mediante Resolución Nº 08 de fecha 14 de noviembre de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sede M. Compagñon Tarapoto. AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 301 - Educación Bajo Mayo, emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente conforme a lo establecido en la Sentencia contenida en la Resolución Nº 03. HERRERA OCAMPO SILVIA DE JESUS
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25/01/2023
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RDR N° 175-2023-GRSM-DRE
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RECTIFICAR la Resolución Directoral Regional Nº 2499-2021-GRSM/DRE, de fecha 01 de diciembre de 2022, que reconocer por mandato judicial el pago del reintegro de la bonificación especial por preparación de clases y evaluación, equivalente al 30% de su remuneración total o íntegra, recaído en el expediente Nº 00531-2016-0-2208-JM-LA-02, de la siguiente manera: DICE: Resolución Directoral Regional N° 2499-2021-GRSM/DRE; DEBE DECIR: Resolución Directoral Regional N°2499-2022-GRSM/DRE. NOTIFICAR a través de Secretaría General de la Dirección Regional de Educación de San Martín la presente resolución al administrado, a la Procuraduría Pública Regional de San Martín y Oficina de Operaciones - Unidad Ejecutora 301 - Educación Bajo Mayo. RAMIREZ PINEDO FELIPE EULOGIO
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25/01/2023
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RDR N° 168-2023-GRSM-DRE
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RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente judicial Nº 00178-2022-0-2208-JR-LA-01, l) el pago del reintegro de la bonificación especial mensual por preparación de clases y evaluación equivalente al 30% de su remuneración total, por el periodo comprendido desde el 29 de abril de 1993 hasta el 25 de noviembre de 2012, con deducción de lo ya incorrectamente pagado, ll) pago de intereses legales de conformidad de los artículos 1242 y 1246 del Código Civil , los mismos que se liquidaran en ejecución de sentencia sin costas ni costos; siendo FUNDADA la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución Nº 03 de fecha 28 de junio de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sede M Compagñon Tarapoto; y REQUIRIENDO su ejecución mediante Resolución Nº 08 de fecha 27 de octubre de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sede M Compagñon Tarapoto. AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 301 - Educación Bajo Mayo emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente conforme a lo establecido en la sentencia contenida en la Resolución Nº 03. AREVALO PINEDO SONIA
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25/01/2023
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RDR N° 179-2023-GRSM-DRE
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APROBAR , el "PLAN ESPECIFICO PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE TALLERES ARTISTICOS EN EL CENTRO CULTURAL MOYOBAMBA - CUMO 2023", la misma que se adjunta como parte de la autógrafa de la presente resolución. DIRECCION GESTION PEDAGOGICA CENTRO CULTURAL MOYOBAMBA COORDINADORA TECNICO PEDAGOGICO CUMO
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25/01/2023
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RDR N° 179-2023-GRSM-DRE
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RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente judicial Nº 00101-2018-0-2202-JM-CI-01, el cálculo de la bonificación personal que determina el artículo 52, tercer párrafo de la Ley Nº 24049, modificada por el artículo 1 de la Ley Nº 25212, de acuerdo a la remuneración básica, señalada en el Decreto de Urgencia 105-2001, por el periodo comprendido desde el 01 de septiembre de 2001 hasta el 25 de noviembre de 2012: con el reintegro de las remuneraciones devengadas, más los intereses legales que corresponda, que se liquidaran en ejecución de sentencia, asimismo, el pago del beneficio adicional por vacaciones; equivalente a una remuneración básica por cada periodo vacacional, en base a la remuneración básica de conformidad al Decreto de Urgencia, por el periodo comprendido desde el 01 de septiembre de 2001 hasta el 25 de noviembre de 2012; con el reintegro de las remuneraciones devengadas, más los intereses legales que correspondan, que se liquidaran en ejecución de sentencia; siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución Nº 07 de fecha 01 de marzo de 2022, emitida por el Juzgado Mixto de la Provincia de Bellavista; y declarándose CONSENTIDA y REQUIRIENDO su ejecución mediante Resolución Nº 08 de fecha 21 de octubre de 2021, emitida por el Juzgado Mixto - Sede Bellavista. AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 307 - Educación Bellavista emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente conforme a lo establecido en la sentencia contenida en la Resolución Nº 07. GRANDEZ ARMAS JOSE MANUEL
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25/01/2023
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RDR N° 176-2023-GRSM-DRE
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RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente judicial Nº 00297-2022-0-2208-JR-LA-01, l) el pago de la bonificación personal correspondiente al 2% de la remuneración básica por cada año de servicios cumplidos, de conformidad a lo dispuesto en el tercer párrafo del artículo 52º de la Ley Nº 24029 Ley del Profesorado, modificada por la Ley Nº 25212, considerando la remuneración básica incrementada en S/. 50.00 soles, por el periodo comprendido desde el 01 de diciembre de 2002 hasta aqosto de 2009, ll) pago del beneficio adicional por vacaciones; equivalente a una remuneración básica por cada periodo vacacional, de conformidad al artículo 218º del Decreto Supremo Nº 019-90-ED, la misma que no ha sido pagada conforme a Ley, por el periodo comprendido desde el 01 de diciembre de 2002 hasta aqosto de 2009, III) pago de intereses legales devengados de los conceptos antes mencionados, los mismos que se liquidaran en ejecución de sentencia sin costas ni costos; siendo FUNDADA EN PARTE la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución Nº 03 de fecha 14 de setiembre de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sede M. Compagñon Tarapoto; y REQUIRIENDO su ejecución mediante Resolución Nº 07 de fecha 13 de diciembre de 2022, einitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sede M. Compagñon Tarapoto. AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 301 - Educación Bajo Mayo emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente conforme a lo establecido en la sentencia contenida en la Resolución Nº 03. RIOS RAMIREZ CARMEN
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25/01/2023
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RDR N° 177-2023-GRSM-DRE
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RECONOCER POR MANDATO JUDICIAL, recaído en el expediente judicial Nº 00234-2022-0-2201-JR-LA-01, el reintegro de la bonificación especial por preparación de clases y evaluación equivalente al 30% de su remuneración total o integra, por el periodo comprendido desde el 16 de abril de 2001 hasta el 31 de diciembre de 2001, el 01 de abril de 2002 hasta el 31 de diciembre de 2002, el 07 de abril de 2003 hasta el 31 de diciembre de 2003, el 28 de marzo de 2005 hasta el 27 de julio de 2005, el 01 de aqosto de 2005 hasta el 28 de octubre de 2005, el 20 de marzo de 2006 hasta el 19 de mayo de 2006, el 27 de setiembre de 2006 hasta el 26 de octubre de 2006 y el 12 de marzo de 2007 hasta el 31 de diciembre de 2007, con deducción de los importes que hayan sido abonados por dicho concepto por remuneración total permanente; siendo FUNDADA la demanda mediante sentencia contenida en la Resolución Nº 04 de fecha 10 de junio de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio de Moyobamba; y REQUIRIENDO su ejecución mediante Resolución Nº 09 de fecha 15 de diciembre de 2022, emitida por el Juzgado de Trabajo Transitorio - Sub Sede Moyobamba. AUTORIZAR a la Oficina de Operaciones de la Unidad Ejecutora 306 - Educación Rioja emitir la Resolución Jefatural con el cálculo correspondiente conforme a lb establecido en la sentencia contenida en la Resolución Nº 04. LOPEZ LOZANO NORMA
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24/01/2023
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RDR N° 146-2023-GRSM-DRE
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DECLARAR IMPROCEDENTE por extemporáneo, el recurso de apelación interpuesto, contra la Resolución Directoral Nº 001496-2021, de fecha 13 de octubre de 2021, notificado con fecha 14 de octubre de 2021, que declara improcedente, la solicitud sobre reconocimiento del pago de reintegros por devengados y continua por concepto de la bonificación especial por preparación de clases y evaluación previo recalculo de dichos beneficios, por los fundamentos expuestos en los considerandos de la presente resolución. DAR POR AGOTADA LA VIA ADMINISTRATIVA, conforme al artículo 228º del Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General. LOZANO GOMEZ PERCY
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24/01/2023
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RDR N° 144-2023-GRSM-DRE
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"DECLARAR INFUNDADO, el recurso de apelación interpuesto, contra la Resolución Directoral Nº 002300-2022, de fecha 17 de octubre de 2022, notificado con fecha 14 de diciembre de 2022, que declara improcedente, la solicitud de reconocimiento y pago de la gratificación por haber cumplido 30 años de servicios oficiales, por los fundamentos expuestos en los considerandos de la presente resolución. DAR POR AGOTADA LA VIAA ADMINISTRATIVA, conforme al artículo 228º del Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General .
" DEL AGUILA RENGIFO VITERBO
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24/01/2023
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RDR N° 140-2023-GRSM-DRE
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APROBAR la Directiva N° 01-2023-GRSM/DRESM/D, denominada “Disposiciones complementarias y precisiones para el desarrollo del año escolar 2023 en las Instituciones Educativas de la Educación Básica en la Región San Martin”, la misma que, como anexo forma parte e la presente resolución. DISPONER que la secretaria general de la Dirección Regional de Educación de San Martin, notifique a la Dirección de Gestión Pedagógica y Unidades de Gestión Educativa Local, a fin de que las instituciones educativas en general y programas educativos realicen las acciones correspondientes para el cumplimiento de la Directiva DIRECCION GESTION PEDAGOGICA UNIDADES DE GESTION EDUCATIVA LOCAL
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24/01/2023
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RDR N° 145-2023-GRSM-DRE
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DECLARAR INFUNDADO, el recurso de apelación interpuesto, contra la Resolución Jefatural Nº 00434-2022, de fecha 20 de junio de 2022, notificada con fecha 05 de enero de 2023, que declara improcedente, la solicitud sobre pago de reintegro de la bonificación especial por preparación de clases y evaluación, por los fundamentos expuestos en los considerandos de la presente resolución. DAR POR AGOTADA LA VIA ADMINISTRATIVA, conforme al artículo 228º del Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General. MENDOZA GALICIA MIRTHA ELIZABETH
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24/01/2023
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RDR N° 141-2023-GRSM-DRE
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DECLARAR INFUNDADO el recurso de apelación interpuesta, contra la Resolución Directoral N° 1475-2022-GRSM-DRE-UGL PICOTA e fecha 15 de noviembre de 2022, notificada con fecha 22 noviembre de 2022, que declara improcedente la solicitud de pago e incremento de la remuneración básica de acuerdo al D.U N° 105-2001, a partir del 01 de setiembre de 2001, por los fundamentos expuestos en los considerandos de la presente resolución. DAR POR AGOTADA LA VIA ADMINISTRATIVA, conforme al articulo 228° del Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General. PINCHI PINCHI JUANITA
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24/01/2023
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RDR N° 151-2023-GRSM-DRE
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DECLARAR INFUNDADO, el recurso de apelación interpuesto, contra la Resolución Ficta por haber operado el silencio administrativo negativo al expediente Nº VIR-2022014782 de fecha 15 de noviembre de 2022, donde solicita bonificaciones magisteriales, por los fundamentos expuestos en los considerandos de la presente resolución. DAR POR AGOTADA LA VIA ADMINISTRATIVA, conforme al artículo 228º del Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General. SIMON CARDENAS BLANCA
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24/01/2023
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RDR N° 152-2023-GRSM-DRE
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DECLARAR INFUNDADO, el recurso de apelación interpuesto, contra la Resolución Jefatural Nº 002340-2016-GRSM-DRE/DO-OO-UE.303 de fecha 10 de noviembre de 2016, notificado con fecha 09 de noviembre de 2022, que declara improcedente la solicitud de reconocimiento de pago por preparación de clases de acuerdo al D.S. 051-91-PCM hasta la entrada en vigencia de la Ley N O 29944, por los fundamentos expuestos en los considerandos de la presente resolución. DAR POR AGOTADA LA VIA ADMINISTRATIVA, conforme al artículo 228º del Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General. MEDINA HERRERA JESUS
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